Resumen: 8. PRIMERO: Acto impugnado, pretensiones ejercitadas, motivos de impugnación y de oposición.
Resumen: Confirma la condena del recurrente cuya responsabilidad fue establecida por el delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Con referencias a la jurisprudencia del TS, la Sala recuerda que cuando se invoca la vulneración del derecho a la presunción de inocencia el tribunal de apelación está obligado a verificar: 1º. Que haya prueba con un contenido de cargo (prueba existente). 2º. Que esa prueba de cargo haya sido obtenida y aportada al proceso con observancia de las normas de la Constitución y de la Ley procesal (prueba lícita) 3º. Que tal prueba de cargo existente y lícita sea razonable y razonadamente considerada como suficiente para justificar la condena penal (prueba suficiente). Presupuestos que concurren en el supuesto enjuiciado. Ha existido una prueba con contenido de cargo (prueba existente), cual es la declaración de los agentes intervinientes. Prueba incriminatoria que se ha obtenido en el acto del juicio oral, con todas las garantías exigidas por la Constitución y las normas procesales (prueba lícita). Y que resulta suficiente para fundar una condena penal (prueba suficiente).